¿Es posible que el médico de la Mutua me reconociera la prestación por riesgo durante el embarazo y lactancia, y a la hora de solicitar la lactancia me la deniegue?

Hoy en día debemos de saber que el mal uso realizado por profesionales que utilizan formularios o modelos de informes pre-hechos, pueden llegar a confundir a muchas personas, en el último caso que hemos tenido en el bufete una señora nos ha venido con un informe en el que supuestamente le concedían la prestación por riesgo durante el embarazo y/o lactancia, pero a la hora de solicitar la prestación por riesgo en la lactancia se la deniega el médico.

Entonces nos preguntamos, ¿Se habrá confundido el médico? ¿No me quieren dar la prestación?

Para saber como el médico ha podido tomar esa decisión debemos de acudir a las distintas Leyes y Reglamentos de la Seguridad Social, ¿pero que ocurre en este caso?, lamentablemente la legislación española no contiene ningún criterio a través del cual podamos valorar si en función de las condiciones de mi trabajo o si por el uso de ciertos químicos me la deben de conceder, por lo que ¿cómo lo valoramos si existe riesgo o no para la lactancia?

Para realizar dicha valoración debemos de acudir a Directiva Europea 92/85/CEE, de 19/10/1992 que desarrolla una lista no exhaustiva de los agentes y condiciones de trabajo a tener en cuenta (Anexo I) en las mujeres trabajadoras embarazadas y de prohibición de exposición (Anexo II) para desarrollar su actividad laboral habitual.

En resumen, la Directiva 92/85/CEE nos viene a decir que el riesgo en el embarazo se puede dar por el uso de agentes químicos en el trabajo o agentes biológicos, además de por realizar el turno de noche, por ciertas condiciones de trabajo como manejo repetitivo de peso, subir y bajar escaleras, flexionar el troncos y estar de cuclillas de forma repetitiva y bipedestación entre otras, además en el trabajo en solitario si se encuentra en aislamiento.

Y llegados a este punto os preguntareis, ¿En la lactancia se valora de la misma forma el riesgo?, lamentablemente en la lactancia no ocurre lo mismo o no se valora de la misma forma, ya que no se entiende que puede haber riesgo en la lactancia en las condiciones de trabajo antes mencionadas, ni en el trabajo nocturno, ni por trabajar a turnos, ni por hacer una gran cantidad de horas seguidas como ocurre en muchos puestos de trabajo.

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