¿Qué debo hacer en el momento en que la empresa me comunica el despido?

Si te despide verbalmente la empresa, lo primero que debes de hacer es solicitar por escrito el despido, para que quede acreditado el despido, sino puede acarrearte muchos problemas en un futuro, ya que le empresa puede darte la baja voluntaria y puedes perder el paro e incluso la posibilidad de una indemnización si no lo reclamas dentro de los primeros 20 días hábiles.

Nunca SOLO PONGAS SOLO TU FIRMA EN LA CARTA, ya que luego será más complicado solucionarlo, es normal que estés nervioso en ese momento y no puedas leerla tranquilamente, o bien no puedas comprobar todo lo que pone, por ello es recomendable que cuando el trabajador reciba la carta de despido siga estas pautas:

  • comprueba que la carta que te entregan es igual que la que se queda la empresa.
  • compruebe la fecha que pone en la carta, para evitar que la carta de despido tenga una fecha anterior, de esta forma evitar que no se te pase el plazo para reclamar.
  • pon primero “no conforme”. Esta es una forma de protegerse el trabajador, ello no implica que se vaya siempre a demandar, pero facilita que posteriormente se pueda demandar. Se pone “no conforme” para evitar que la empresa te quite la carta una vez que la hayas firmado.
  • Después de escribir “no conforme” pon la fecha en que te entregan la carta, para demostrar qué día se recibe, que será el día en el que empezarán a contar los plazos para demandar y para pedir el desempleo.
  • POR LO QUE ANTES DE FIRMAR SIEMPRE ESCRIBE “NO CONFORME” DEBAJO PON LA FECHA Y AL FINAL FIRMA, SIEMPRE EN ESE ORDEN PARA EVITAR FUTUROS PROBLEMAS

¿Vale de algo rechazar la Carta de Despido?

No, ya que la empresa puede enviarte la carta de despido por bufofax, o hacer que la firmen dos testigos.

¿Por qué debo acudir a un abogado para que me asesore?

Lo más recomendable es acudir a un abogado para que analice la situación y determine si el DESPIDO ES IMPROCEDENTE, para solicitarte la indemnización o la reclamación de cantidad o de salarios que corresponda. Acude siempre lo más rápido posible al abogado, ya que las reclamaciones laborales de despido tienen un plazo de caducidad rápido, concretamente los despidos a los 20 días hábiles. Las reclamaciones de salarios o todo tipo de cantidades frente al empresario prescriben al año, pero ten en cuenta que solo podrás reclamar lo que te deban un año a tras a excepción de la indemnización, además ten en cuenta que los intereses de las cantidades adeudadas serán del 10%